martes, 24 de agosto de 2010

Web comité y página de cálculo de sueldos

Durante unos días, por problemas técnicos, la pagina web, no se podía cargar con el Navegador Internet Explorer. Con Mozilla Firefox o Safari no hay ningún problema, se visualiza correctamente. Era un problema del servidor, que ya está solucionado. Podéis seguir utilizando la herramienta de cálculo de sueldo con normalidad.

Disculpad las molestias.

viernes, 20 de agosto de 2010

Nueva temporada

Ya estamos de vuelta, empezamos una nueva temporada. Tenemos algunos temas pendientes de la anterior, que os pasamos a relatar:

Sobre el Gamper:

En el mes de junio salió la sentencia sobre la 1.45h del Gamper, y el juez nos dio la razón, es favorable a los intereses de los trabajadores.

En esta sentencia se nos reconocen los siguientes puntos, (aunque ya estaban pactados desde 2007):

  1. La jornada no puede exceder de 4h por partido. Si excede en tiempo, éste tiempo ha de ser pagado al trabajador.
  2. Que el día del gamper 2009, los trabajadores prestamos servicios 1.45h más de lo habitual.
  3. En la sentencia, la Magistrada titular del Juzgado 32 de Barcelona, declara: “… el derecho de los trabajadores de Europea de Cuinats S.L. adscritos al centro de trabajo sito en las instalaciones del FC Barcelona (Camp Nou) en Barcelona, en calidad de fijos discontinuos, a que les sea retribuido el exceso de jornada sobre las 4h de cada partido/evento, a razón de la proporción excedida respecto de la retribución fija estipulada para cada categoría o/y puesto de trabajo en él, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por tal declaración”.

La empresa ha presentado un recurso al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que no se ha resuelto todavía.

Para el Gamper del miércoles, la empresa os ha vuelto a convocar 1.45h antes de lo habitual. La empresa nos ha dejado claro que esta 1.45h, está pendiente de la resolución del Tribunal. Es decir que solo la pagarán si el tribunal ratifica la sentencia.

Nosotros no estamos de acuerdo con esta actitud, es un tema que entendemos que no respeta lo pactado en 2007, y así se lo manifestamos.

Sobre las bajas por enfermedad y accidente:

La Inspección de Trabajo, nos ha dado la razón y ha hecho un requerimiento a la empresa para que cumpla con la ley respecto al pago de las bajas. Es decir que la empresa os ha de abonar las cantidades establecidas durante el tiempo que estéis de baja.

Sobre el tiempo cotizado:

La Inspección de Trabajo, nos ha dado la razón y ha hecho un requerimiento a la empresa para que cumpla la ley y cotice todo el tiempo trabajado por vosotros a la Seguridad Social, y no solo 8h al mes.

En este sentido la empresa nos ha comunicado que lo empieza a hacer esta temporada.

Sobre las revisiones médicas:

La Inspección de Trabajo, nos ha dado la razón y ha hecho un requerimiento a la empresa para que cumpla con la ley y que las revisiones médicas realizadas no supongan un coste al trabajador. Habrá que hablar de esta compensación.

Además, la Inspección de trabajo, nos ha dado la razón en unos temas de puesta a disposición de información sobre la contratación al comité y puesta a disposición de medios para trabajar.

Todo ello nos hace ver que estamos en el camino correcto para normalizar las condiciones laborales.